CONDICIONES DE CONTRATACIÓN EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE UNIR
Modificación: 13/06/2019 (en vigor:01/07/19)
1. SOBRE LA MATRÍCULA Y OTROS ASPECTOS DE CARÁCTER GENERAL
1. El estudiante deberá presentar, en el momento de formalizar su matrícula o cuando le sea requerido por UNIR, la documentación que se precise en cualquiera de los trámites y en los plazos que se le indiquen. En el caso de no presentar dicha documentación o cuando esta no sea auténtica y/o suficiente, la matrícula no resultará formalizada (o, si llegara a serlo, carecerá de efectos), ni se procederá a la expedición de título o certificado alguno aunque el estudiante llegara a cursar los estudios para los que se matriculó. Por tanto, cada estudiante asume las consecuencias legales que pudieran derivarse de la inautenticidad documental o de la carencia de los requisitos exigidos.
2. Los estudiantes, al formalizar la matrícula de una asignatura, tienen derecho a dos convocatorias de examen, una ordinaria y una extraordinaria. En el caso de no superar la asignatura (ya sea por suspender, ya sea por no presentarse a examen) los estudiantes deberán volver a matricularse de ella para obtener el derecho a otras dos convocatorias. En todo caso, el estudiante ha de abonar la totalidad del precio de la matrícula en la modalidad de pago elegida y, en el caso de que posteriormente le resulte concedida beca o ayuda pública, UNIR procederá al reintegro de la cuantía de la beca obtenida.
En la asignatura de prácticas externas, la convocatoria extraordinaria solo podrá afectar a la presentación de la memoria y documentación, no dando derecho a una nueva estancia ni valoración en el Centro de Prácticas. Asimismo, en caso de que, por solicitud o causa imputable al estudiante, el periodo de prácticas se prolongue más allá de la convocatoria ordinaria, el estudiante sólo tendrá derecho a la convocatoria extraordinaria.
3. Cada estudiante dispone en cada asignatura de un máximo de seis convocatorias de examen en grado y cuatro en postgrados, ya sean ordinarias o extraordinarias. La no presentación a examen no computará a los efectos del número de convocatorias agotadas.
4. En caso de que el estudiante se matricule de más de tres asignaturas optativas por periodo lectivo (cuatrimestre o trimestre), este asume que podría darse una eventual incompatibilidad horaria en la ordenación de los exámenes correspondientes.
5. UNIR ofrece su servicio al estudiante durante todos los meses del año. No obstante, para el cómputo de los plazos de matrícula o la realización de cualquier otro trámite en UNIR
se ha de entender el mes de agosto como mes inhábil.
6.UNIR facilitará al estudiante al iniciar la relación contractual un par de claves concertadas (usuario y contraseña). En aquellos procesos en los que así esté previsto por UNIR, este
par de claves podrá ser utilizada como medio de Firma Electrónica válida como medio de identificación del firmante conforme a lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, debiendo el estudiante mantener la adecuada custodia de la clave privada facilitada.
6. El estudiante tendrá acceso a las aulas virtuales de las asignaturas en que está matriculado hasta quince días después de la fecha del examen de la convocatoria extraordinaria. Las aulas de trabajos finales permanecerán abiertas hasta una semana después de la fecha de la última defensa en convocatoria extraordinaria.
7. UNIR no puede garantizar ni garantiza que sus títulos oficiales -pese a cumplir los requisitos legales que le confieren tal carácter en España-, sean convalidados/reconocidos/homologados por parte de las autoridades educativas de otros países.
8.Devolución de documentación. Los documentos (compulsados, notariados o autenticados) aportados por el estudiante en el proceso de matrícula y para el reconocimiento de créditos se incorporarán a su expediente como justificante de los procedimientos y reflejo de la actividad administrativa de la universidad. Únicamente se procederá a la devolución de esos documentos en los supuestos previstos
en los puntos 5.1 y 5.2 de las presentes condiciones, previa solicitud por escrito del estudiante. Cuando el estudiante aporte el original de un documento oficial, UNIR conservará una copia cotejada del documento y lo devolverá al estudiante por la misma vía en que lo hubiera recibido. UNIR declina toda responsabilidad en caso de pérdida de documentación original durante el envío por correo postal, mensajería, etc.<style=”font-size: 16px;”>
2. PAGOS, DESCUENTOS Y RESERVAS DE MATRÍCULA
1. El estudiante deberá efectuar el pago dentro de los plazos acordados. El vencimiento de alguno de los plazos sin que se haya efectuado el pago conllevará el cierre temporal del acceso al campus virtual y a cualquier recurso proporcionado por UNIR. Si no se efectuara el pago en el plazo de subsanación fijado por la universidad, la matrícula del estudiante será considerada nula en el año académico en curso, quedando sin efecto, en consecuencia, las calificaciones que hubieran podido existir en el expediente académico del estudiante para ese año académico.
2. En los supuestos de pago fraccionado para los estudiantes residentes en España, la fecha del segundo pago no coincidirá en ningún caso con la de comienzo de cuatrimestre. Los estudiantes acogidos a la modalidad de pago aplazado abonarán la cantidad correspondiente en el momento convenido por UNIR. El plazo establecido para el segundo pago será, de ordinario, de noventa días. En los supuestos de pago fraccionado para estudiantes residentes fuera de España, estos abonarán la cantidad correspondiente en la primera semana del mes. Los plazos se abonarán, de ordinario, cada 30 días.
3. UNIR garantiza al estudiante de grado que se matricule por primera vez con posterioridad al 1 de julio de 2015 que le mantendrá durante toda la carrera el precio del crédito sin descuentos que obtuvo en su primera matrícula, pudiéndose beneficiar de un descuento del 5% por pago único y número de créditos mínimos matriculados. La garantía de mantenimiento del precio cesará si transcurren once o más meses sin que el estudiante esté matriculado en el grado del que se trate. Los estudiantes de postgrado que tengan que matricular asignaturas en un segundo curso académico sucesivo, porque no se hayan
presentado o no la/s hayan superado, lo harán al precio del crédito que haya vigente en el momento de esa matriculación sin descuentos.
4. UNIR podrá aplicar los descuentos que estime oportunos sobre las tarifas oficiales, solicitando para ello los documentos que se consideren necesarios para acreditar que el estudiante se encuentra en alguno de los supuestos previstos.
5. El estudiante de nuevo ingreso podrá beneficiarse de los descuentos y condiciones especiales que para cada estudio sean publicados en la página web. Estas condiciones y descuentos no podrán ser invocados ni se aplicarán, a los estudiantes que no cumplan dichos requisitos.
6. Para los estudios de grado, y en asignatura distinta de las prácticas externas, la obtención de una matrícula de honor comportará, en su caso, un descuento en el curso académico siguiente por un número equivalente de créditos. En todo caso, la matrícula deberá contener al menos una asignatura sujeta a pago, salvo en aquellos casos que el estudiante finalice la titulación. En ningún caso dará derecho a reintegro en efectivo. En el caso de finalizar la titulación en la que se obtuvo la matrícula de honor, el descuento
no puede transferirse a otro estudio ni a siguientes matriculaciones.
7. No se incluyen en el importe de la matrícula ordinaria de las titulaciones oficiales los derechos de expedición de títulos, ni de certificados, ni los materiales de estudio distintos de los que se facilitan online. Tampoco están incluidas las pruebas y los cursos de idiomas que no formen parte de los planes de estudio de las titulaciones oficiales, ni cualesquiera actividades culturales o de extensión universitaria, ni las tasas correspondientes a cualquier otro servicio no expresamente incluido en estas condiciones.
8. Cuando ello sea posible, el estudiante podrá realizar reserva de plaza con anterioridad a la formalización de la matrícula, abonando para ello, la cantidad que en tal concepto figure en la página web. El importe abonado en concepto de reserva no se devolverá en ningún supuesto.
9. Los pagos efectuados en concepto de tasas administrativas de matrícula, de expedición de títulos y certificados, de reconocimiento de créditos o cualquier otra prevista por la universidad, no se devolverán en ningún caso.
3. BECAS
1. Los estudiantes de UNIR podrán solicitar cualquier beca, ayuda pública o privada de la naturaleza que sea. En el caso de las becas y ayudas públicas otorgadas por Ministerio de Educación español o el Gobierno Vasco, UNIR actúa únicamente como entidad gestora de dichas ayudas ante el organismo público competente, por lo que no tiene responsabilidad en su concesión o denegación.
2. Las becas concedidas en concepto de matrícula, corresponden al precio público del crédito ECTS, fijado por la Comunidad Autónoma de La Rioja, conforme a lo establecido en cada convocatoria publicada en el Boletín Oficial del Estado.
3. UNIR podrá otorgar sus propias becas que se regirán por lo previsto en la correspondiente convocatoria.
4.VARIACIONES Y AMPLIACIONES DE MATRÍCULA
1. Los estudiantes podrán realizar ampliaciones de matrícula hasta 10 días naturales antes del inicio del periodo de docencia correspondiente. Deberán solicitarlo enviando el formulario disponible al efecto en el campus virtual y, en su caso, el justificante de la tasa administrativa correspondiente publicada en la página web. El pago de la tasa, cuando proceda, deberá efectuarse mediante ingreso en cuenta, por transferencia bancaria o TPV (VIRTUAL), no siendo posible el pago por adeudo o domiciliación. Si, habiendo solicitado una ampliación, el estudiante decidiera realizar una nueva ampliación, deberá pagar otra tasa y enviar un nuevo formulario.
2. Las ampliaciones de matrícula que afecten a las asignaturas de prácticas y de trabajo fin de grado o máster deberán realizarse hasta un mes antes del inicio de la docencia.
3. El precio del crédito para ampliaciones de matrícula es el máximo correspondiente al periodo en que el estudiante se matriculó inicialmente, excluyéndose del mismo las posibles deducciones, reducciones o promociones que se hayan ofertado, sin que sea posible fraccionamiento del pago.
4. En tanto que el pago no se haga efectivo, el estudiante no tendrá acceso a la/s asignatura/s correspondientes.
5. En el supuesto de que, por error un estudiante se hubiera matriculado de una asignatura/s ya superada/s, éste podrá, a través del formulario de variación de matrícula disponible en el campus virtual, optar por el reintegro o por un cambio por otra/s asignatura/s de igual número de ECTS. Esto puede suponer la pérdida de descuentos aplicados por volumen de créditos matriculados.
6. Una vez iniciada la docencia no se admitirán bajas ni cambios de asignaturas, salvo los de aquellas asignaturas optativas matriculadas que finalmente no llegaran a impartirse por no alcanzarse el mínimo de estudiantes (15 alumnos) requerido al efecto para cada titulación. En este caso, el estudiante tendrá derecho, bien a elegir otra asignatura, bien a solicitar la devolución íntegra del importe abonado por esa asignatura no impartida. En el caso de que decidiera cambiarla por otra asignatura, si el número de créditos de la nueva fuera superior, habrá de abonar la diferencia, con base al precio del crédito inicialmente aplicado. La variación de matrícula deberá solicitarse a través del formulario disponible en el campus virtual.
7. En caso de saldo resultante a favor del estudiante, se devolverá el mismo en una tarjeta/saldo virtual, por el valor de los ECTS correspondientes que podrá canjear en posteriores matrículas y o ampliaciones, durante los 18 meses siguientes a la fecha de emisión de la tarjeta.
5. DERECHO DE DESISTIMIENTO Y BAJAS DE ESTUDIANTES
1. Los estudiantes matriculados en UNIR dispondrán de un período de 14 días para desistir de su matrícula desde la formalización del contrato de matrícula, de acuerdo con la fecha que a tal efecto consta en el formulario, siempre y cuando no haya comenzado el curso en el que se haya matriculado (art. 103.a) del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y Otras Leyes Complementarias). Los estudiantes que deseen comunicar su desistimiento antes de la fecha oficial de inicio de curso lo deberán
hacer por escrito, manifestando inequívocamente su deseo de desistir, a Secretaría Académica a la siguiente dirección: Avda. de La Paz, nº 137, 26006 Logroño (La Rioja) o por correo electrónico adjuntando el desistimiento firmado electrónicamente a secretaria@unir.net. El reembolso de las cantidades abonadas con derecho a devolución se efectuará por transferencia bancaria.
2. Con independencia de lo anterior, si el estudiante no se encontrase en plazo de desistimiento pero quisiese causar baja y lo solicita dentro de los quince primeros días del curso –a contar desde la fecha de inicio que aparece en el formulario de matrícula-, se le devolverá el cincuenta por ciento del importe total de la matrícula, siempre que este importe hubiera sido ya abonado. Para ello deberá enviar escrito de solicitud de baja a Secretaría Académica, a la siguiente dirección: Avda. de La Paz, nº 137, 26006 Logroño (La Rioja), o por correo electrónico adjuntando la solicitud firmada electrónicamente a secretaria@unir.net.
3. El estudiante que solicite la baja con posterioridad a esos quince días, aunque por cualquier circunstancia excepcional se haya matriculado en fecha posterior a la del inicio del curso, no tendrá derecho a devolución o reembolso alguno una vez haya accedido al campus virtual, ya que se entiende que la prestación del servicio se completa en el momento en que el estudiante tiene acceso a los materiales, documentos y demás contenidos del curso. Por este motivo, el estudiante tampoco tendrá derecho a desistimiento en este supuesto.
6.RECONOCIMIENTOS DE CRÉDITOS
1. Los futuros estudiantes podrán solicitar la realización de un estudio previo de reconocimiento de créditos hasta el inicio de la semana “0” si se trata de una asignatura del 1º cuatrimestre, o antes del inicio de la docencia si es del segundo cuatrimestre o posteriores. Este plazo no aplica para los estudiantes de estudios de postgrado que deseen reconocer sus prácticas por experiencia laboral. En todo caso, el alumno deberá adjuntar a la solicitud fotocopias o copias electrónicas de toda la documentación que avale la formación o competencias alegadas.
2. La solicitud de estudio previo de reconocimiento de créditos de estudios de grado requiere el previo abono por el estudiante de la tasa establecida en la página web, que no es susceptible de descuento. Esta tasa no aplica para los estudiantes de estudios de postgrado que deseen reconocer sus prácticas por experiencia profesional.
La única modalidad de pago admitida es la de pago único.
3. El estudiante tiene un plazo de 30 días desde la fecha de envío del estudio previo para enviar la documentación original y/o solicitar su revisión. Transcurrido ese plazo sin que se aporte la documentación solicitada, el estudio previo quedará anulado y sin efectos, sin que proceda la devolución del importe del mismo. Asimismo, transcurrido ese plazo no se admitirán solicitudes de revisión, debiendo el estudiante, en caso de estar interesado, solicitar un nuevo estudio previo. En el supuesto de que el Reconocimiento de créditos sea vía de acceso a estudios universitarios, será obligatorio que la documentación original se aporte en el momento de la matrícula, quedando ésta condicionada hasta la recepción de la misma y la realización del pago.
4. Una vez recibida la documentación necesaria, la Universidad remitirá al estudiante la propuesta de resolución de Reconocimiento. A partir de su recepción el estudiante dispondrá de 90 días para realizar el correspondiente abono. Transcurrido ese plazo sin que el estudiante procediera al abono, se producirá la caducidad del expediente de reconocimientos y tendrá que solicitar un nuevo estudio de reconocimientos. Este nuevo estudio estará sometido a los posibles cambios en la normativa y/o criterios adoptados por UNIR que hubieran acontecido desde la emisión del estudio previo de reconocimientos original.
5. En el supuesto de que, por inadvertencia, un estudiante se hubiera matriculado de una asignatura/s ya reconocida/s o susceptible de reconocimiento, podrá solicitar en los cinco días siguientes a la recepción de la resolución definitiva de reconocimiento, mediante el formulario correspondiente facilitado por el tutor, la devolución del importe de la/s citada/s asignatura/s, siempre y cuando la solicitud de estudio previo se hubiera realizado en los plazos indicados en el apartado 6.1. La Universidad procederá a realizar el abono una vez emitido y abonado el importe íntegro del reconocimiento definitivo. No procederá devolución alguna cuando no se cumplan los requisitos mencionados en el párrafo anterior ni cuando haya concluido la convocatoria ordinaria de exámenes del primer o segundo cuatrimestre, según proceda, del curso académico en el que se realiza el estudio de reconocimientos.
7.CAMPUS VIRTUAL
1. Los estudiantes deben contar con una conexión de Internet ADSL de al menos 3MB para asistir a las clases presenciales virtuales en directo, cuyo visionado, no obstante, no constituye un requisito imprescindible para superar la asignatura de la que se trate.
2. Aunque UNIR trabaja permanentemente en adaptar nuestros Servicios a las nuevas tecnologías y plataformas, en el momento de aprobación de estas condiciones, sólo garantiza su actividad docente a través de aplicaciones destinadas a ser utilizadas en ordenadores personales con navegadores Internet Explorer, Google Chrome y Mozilla Firefox. Los sistemas operativos que soportan el campus virtual de UNIR son Windows 7 o posterior, o Mac OS X 10.6 Snow Leopard o posterior. Si bien funciona prácticamente en su totalidad, no se garantiza el perfecto funcionamiento del campus con otros sistemas operativos, dispositivos o navegadores.
3. En los casos en los que los futuros estudiantes presenten algún grado de discapacidad, deberán acreditarlo al matricularse en el curso correspondiente, así como disponer de ordenadores personales con software adaptado a su discapacidad para poder realizar los exámenes.
8.NIVEL DE IDIOMAS
1. Los estudiantes que pretendan realizar un estudio universitario que tenga como requisito de admisión un nivel determinado en lengua extranjera, deberán acreditar los conocimientos correspondientes al nivel requerido en el momento de realizar su matrícula.
2. Los estudiantes matriculados en unos estudios que requieran un determinado nivel de idiomas como requisito para obtener el título, deberán acreditar el nivel exigido para que se les pueda expedir el título.
3. En los dos supuestos anteriores, cuando la exigencia de conocimiento de lengua extranjera sea inespecífica y no concreta, deberá acreditarse el nivel requerido de una lengua extranjera distinta de la materna. En el caso de estudiantes con doble nacionalidad, se considerará que su lengua materna es aquella en la que haya cursado sus estudios preuniversitarios. Las acreditaciones de conocimiento de idioma reconocidas por UNIR se encuentran publicadas en la página web.
4. Los estudiantes de cualquier título oficial de UNIR, nacionales de países cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar como mínimo los conocimientos correspondientes al nivel B1 de lengua española en el momento de realizar su matrícula, pudiendo exigirse un nivel superior en determinadas titulaciones. Esta norma no será aplicable en el caso de titulaciones impartidas íntegramente en lengua distinta del español.
9.EXÁMENES, ACTIVIDADES Y ACTOS DE DEFENSA DE TRABAJOS FINALES
1. Los exámenes de estudios oficiales en UNIR se desarrollarán de acuerdo con lo fijado en el Reglamento de Evaluación Académica y tendrán lugar en las sedes y ciudades fijadas por la Universidad para cada curso académico. Los actos de defensa se desarrollarán conforme a lo establecido en el Reglamento de Trabajo de Fin de Grado (TFG) y de Fin de Máster (TFM) en los programas de enseñanzas oficiales de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR).
2. Son sedes permanentes de examen aquellas en las que UNIR garantiza la celebración de exámenes durante todo el curso académico. Son las siguientes:
• España: Logroño, Madrid, Badajoz, Barcelona, Valencia, A Coruña, Sevilla, Murcia, Zaragoza, Bilbao, Palma de Mallorca, una sede en las Islas Canarias.
• Fuera de España:
• Colombia: Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Medellín y Cali.
• Ecuador: Quito y Guayaquil.
• México: Ciudad de México.
• Argentina: Buenos Aires.
• Bolivia: Santa Cruz de la Sierra.
En las ciudades de Ciudad de México, Buenos Aires y Santa Cruz de la Sierra, dada la limitación de aforo, el estudiante deberá inscribirse previamente, a través del formulario habilitado a tal efecto en el campus virtual y aceptar las condiciones particulares de este servicio. Son sedes permanentes de defensa aquellas en las que UNIR garantiza la celebración de defensas de Trabajo Fin de Grado y Trabajo Fin de Máster. Son las siguientes:
• España: Logroño y Madrid.• Fuera de España: Bogotá (Colombia) y Quito (Ecuador).
3. UNIR puede acordar la realización de exámenes y/o actos de defensa, además, en otras ciudades españolas cuando razones operativas y el volumen de estudiantes así lo aconseje, sin que ello suponga en ningún caso un compromiso de sede permanente. Las ciudades no permanentes se publicarán para cada convocatoria con una antelación de 30 días. La realización de exámenes y/o actos de defensa en convocatoria ordinaria en sede no permanente no da derecho a realizar la convocatoria extraordinaria en la misma sede. El estudiante deberá adaptarse a las ciudades ofrecidas en cada convocatoria. Los exámenes de la Escuela de Idiomas se celebrarán en las sedes no permanentes que se determinen.
4. Aquellos estudiantes que residan fuera de España, podrán solicitar, a través del formulario habilitado en el campus virtual, la realización de exámenes en ciudades en el extranjero distintas de las ofrecidas por UNIR. En caso de ser aceptada la solicitud, la universidad informará al estudiante con carácter previo de los costes adicionales de este servicio.
5. La lengua de impartición y evaluación será la que determine la correspondiente memoria de verificación del título. En caso de que no venga determinada la lengua de evaluación, se entiende que será la misma que la de impartición. Los exámenes no podrán realizarse con asistencia de diccionario, salvo que esté específicamente previsto en la guía docente de la asignatura.
6. Los exámenes se convocarán en viernes, sábado y domingo y los actos de defensa, de lunes a viernes. En función del número de estudiantes que acudan a cada convocatoria, UNIR podrá establecer un horario más amplio o más reducido, así como, eventualmente, la ampliación de los días y fechas de exámenes y/o actos de defensa. Los exámenes de la Escuela de Idiomas se realizarán normalmente entre semana.
7. Para poder presentarse a examen, es necesario que los estudiantes cumplimenten el formulario de inscripción a exámenes en el plazo establecido para ello y publicado en el campus virtual. UNIR podrá no admitir cualquier solicitud extemporánea. En caso de admitirse, requerirá el previo abono de la tasa correspondiente publicada en la página web.
8. Los estudiantes podrán solicitar cambio de fecha de examen, en los supuestos previstos en la normativa, a través del formulario publicado en el campus virtual. Cuando las razones alegadas sean distintas de las previstas en la normativa, UNIR podrá denegar y/o repercutir los costes derivados del cambio al estudiante, -notificándoselo previamente-, el cual podrá aceptar las condiciones propuestas o presentarse en la convocatoria asignada.
9. Para la revisión de exámenes será de aplicación lo establecido en el Reglamento de Evaluación Académica y el Reglamento de Trabajo de Fin de Grado (TFG) y de Fin de Máster (TFM) publicadas tanto en nuestro campus como en la página web de la universidad.
10. Una vez cumplimentadas y registradas las actas, salvo error material, no podrá haber modificación alguna en las calificaciones. En ningún caso se admitirán correcciones de errores transcurrido un año desde la cumplimentación de la misma.
10. PRÁCTICAS
1. UNIR solo gestionará cambios de centros de prácticas en los supuestos contemplados como renuncia justificada en la normativa de Prácticas Académicas Externas de UNIR o cuando el centro de prácticas incumpla sus obligaciones.
2. Es requisito imprescindible para la realización de prácticas en España que impliquen contacto habitual con menores, la presentación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales -Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual-, que se solicita al Ministerio de Justicia (https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/ciudadanos/certificado-antecedentes). Quienes hayan sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en los términos previstos en el art. 13.5 de la LO 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no podrán realizar las prácticas ni trabajar con menores. Dicho certificado deberá entregarse antes del inicio de las prácticas al Departamento de Prácticas de UNIR o al centro en el que vayan a realizarse –en virtud de lo que establezca la normativa de la Comunidad Autónoma correspondiente-, y de acuerdo con las indicaciones recibidas de los responsables de la gestión de las prácticas o lostutores (de UNIR).
La universidad no es responsable si, como consecuencia de una certificación positiva, el hubiera que retrasar las prácticas a otra convocatoria por no presentarse el certificado en plazo, correrá convocatoria y el estudiante deberá matricularse nuevamente en la asignatura de prácticas y abonar las tasas correspondientes.
11. PROTECCIÓN DE DATOS
A través del presente Contrato le informamos de que el Responsable del tratamiento de los datos que nos facilita como estudiante es la UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA y podrá contactar con su Delegado del Protección de Datos en el correo electrónico: ppd@unir.net. La finalidad del tratamiento de los mismos es la prestación de servicios académicos y acceso a los servicios universitarios derivados de la matriculación del estudiante.
La base legal que justifica el tratamiento de los datos que nos facilita es:
1. La ejecución de un contrato (la matricula),
2. El cumplimiento de las obligaciones legales exigidas a UNIR,
3. El interés legítimo y
4. El consentimiento expreso del estudiante para las finalidades específicas y distintas de las que se exponen a continuación.
a. Tratamientos derivados de la ejecución del contrato (se le informa que mediante la suscripción de la matricula UNIR tratará sus datos para las siguientes finalidades):
• Gestión de los procesos de admisión, matrícula, administración y custodia del expediente académico del alumno.
• Solicitud y tramitación de títulos académicos.
• Gestión de la movilidad nacional e internacional de estudiantes.
• Gestión y supervisión de las prácticas externas (curriculares y extracurriculares) con la consiguiente cesión de datos a las instituciones con las que UNIR haya firmado el correspondiente convenio de cooperación,
• Emisión de la tarjeta universitaria.
• Emisión de cuentas de correo electrónico para la relación con alumnos.
• Acceso al campus virtual y gestión de la documentación y datos que constan en el mismo
• Expedientes disciplinarios.
• Atención al alumnado en relación con la cobertura de necesidades académicas especiales procedentes de discapacidades, de accesibilidad y dotación de medios materiales.
• Gestión de las diferentes ayudas económicas y becas que son solicitadas por nuestros estudiantes.
• Grabaciones de audio y/o video, así como escucha, que puedan eventualmente realizarse en el desarrollo de las distintas actividades universitarias con fines académicos o de calidad.
b. Tratamientos derivados de obligaciones legales (Tratamientos exigidos a UNIR por la legislación vigente)
• Gestión económico-financiera de la titulación y de cualquier otro servicio contratado por el alumno.
• Prestación de los servicios del Defensor del Estudiante a los alumnos respecto a reclamaciones y sugerencias sobre el funcionamiento de los órganos y servicios de UNIR.
• Gestión y, en su caso, cesión de datos estadísticos legalmente exigidos a UNIR.
• Envío de encuestas de satisfacción/calidad de los servicios prestados al alumno y para el análisis de la inserción laboral de los graduados requeridas por el Sistema de Gestión de Garantía de Calidad de UNIR.
c. Tratamientos derivados del interés legítimo de UNIR (Podrá solicitar la oposición a cualquiera de los siguientes tratamientos derivados del interés legítimo de UNIR, poniéndose en contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos: ppd@unir.net)
• Realización de programas formativos y metodologías pedagógicas ofreciendo a los alumnos ayudas y orientación.
• La grabación de las conversaciones que mantenga con los tutores, con objeto de realizar el seguimiento de la calidad de las clases y/o tutorías.
• Envío por medios físicos y/o telemáticos de la oferta de productos y servicios de UNIR similares o relacionados con los servicios contratados.
• La grabación de voz e imagen de la sesión de defensa del TFG/TFM/DOCTORADO en el marco de la gestión y archivo a efectos académicos.
d. Tratamientos derivados del consentimiento (en caso de no facilitar el consentimiento expreso para cada tratamiento que UNIR le solicite en el futuro, no podrá realizarse la gestión de aquellas finalidades vinculadas a cada uno de ellos). Los destinatarios de la información que nos facilite por razón de la relación contractual que tiene con nosotros, son las empresas colaboradoras y participadas por el Grupo Proeduca para la estricta gestión de los servicios académicos y administrativos. No se cederán datos a terceros, salvo cumplimiento de obligación legal o para la prestación del servicio.
La comunicación de los datos personales del alumno podrá realizarse a terceros implicados en la prestación de los servicios demandados por el alumno a UNIR, como son UNIVERSIDADES/COLABORADORES/EMPRESAS con las que UNIR ha suscrito acuerdos de colaboración. Estas comunicaciones de datos, necesarias para la correcta prestación de los servicios demandados por el alumno, podrán realizarse a entidades ubicadas en terceros países fuera del Espacio Económico Europeo, cuyas legislaciones nacionales relativas a la protección de datos personales pueden ofrecer un nivel de protección equiparable o no equiparable al establecido por el Reglamento UE 679/2016, de acuerdo con el criterio de la Autoridad de Control Competente y por el Supervisor Europeo de Protección de Datos; en los casos de legislaciones nacionales que no ofrecen un nivel equiparable de protección al Europeo, UNIR ha procedido a suscribir con dichas UNIVERSIDADES/COLABORADORES/EMPRESAS acuerdos tipo de transferencia internacional de datos, estableciendo en los mismos las garantías apropiadas que
deberán adoptarse respecto al tratamiento y a seguridad de los datos personales de los alumnos. Le informamos de que como estudiante podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, y supresión, y demás derechos de protección de datos ante UNIR conforme se especifica en la política de privacidad disponible en la página web de la universidad, a través de nuestro Delegado de Protección de Datos: ppd@unir.net. Asimismo, tendrá derecho a plantear cualquier reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Puede acceder a la información adicional sobre el tratamiento de sus datos personales en nuestra
política de protección de datos en el siguiente enlace: https://www.unir.net/proteccion-datos/.
Declaro haber entendido los términos y condiciones que estoy aceptando al contratar con UNIR.